We use cookies to give you the best possible experience while you browse through our website. By pursuing the use of our website you implicitly agree to the usage of cookies on this site. Learn More - Privacy Policy

Thu Sep 04 2025 | 2 min read

Table of Contents

El Acta de Control de Sustancias Tóxicas (TSCA) ha sido durante mucho tiempo una pieza crucial de la legislación destinada a garantizar la seguridad de los productos químicos utilizados en los Estados Unidos. De acuerdo con las obligaciones bajo TSCA, enmendado por la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el Año Fiscal 2020, la EPA exige que cualquier persona que fabrique (incluida la importación) o haya fabricado (incluida la importación) PFAS o artículos que contengan PFAS en cualquier año desde el 1 de enero de 2011, reporte electrónicamente información sobre usos, volúmenes de producción, disposición, exposiciones y peligros de los PFAS.

En respuesta a esta preocupación, la Agencia de Protección Ambiental (EPA) ha implementado nuevos requisitos de reporte y mantenimiento de registros para PFAS bajo TSCA Sección 8(a)(7).

¿Qué es la Sección 8(a)(7) de TSCA?

TSCA Sección 8(a)(7) es una disposición crucial que faculta a la EPA para promulgar una regla que exige la presentación de ciertos datos relacionados con PFAS por parte de cualquier persona que haya fabricado o importado estas sustancias desde el 1 de enero de 2011. Esta regla se implementó tras enmiendas al TSCA en la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el Año Fiscal 2020.

Los datos a reportar incluyen:

ACQUIS (5).png

  1. Información Química: Esto incluye el nombre común o comercial, la identidad química y la estructura molecular de cada sustancia o mezcla PFAS.

  2. Categorías de Uso: Reporte de las categorías o categorías propuestas de uso para cada sustancia o mezcla de PFAS.

  3. Volúmenes de Producción: Información detallada sobre la cantidad total de cada sustancia o mezcla PFAS fabricada o procesada, así como cantidades específicas para cada categoría de uso.

  4. Subproductos: Descripciones de los subproductos resultantes de la fabricación, procesamiento, uso o disposición de cada sustancia o mezcla PFAS.

  5. Efectos Ambientales y de Salud: Toda la información existente sobre los efectos ambientales y de salud de cada sustancia o mezcla PFAS.

  6. Datos de Exposición: El número de individuos expuestos y estimaciones razonables de aquellos que estarán expuestos a cada sustancia o mezcla PFAS en sus lugares de trabajo, junto con la duración de su exposición.

  7. Métodos de Eliminación: Información sobre la forma o método de eliminación de cada sustancia o mezcla PFAS, incluidas las actualizaciones en dichos métodos de eliminación.

¿A Quién se Aplica la Sección 8(a)(7) de TSCA?

Esta regla se aplica a todas las entidades, independientemente de su tamaño, que hayan fabricado (incluida la importación) PFAS en cualquier año desde 2011 y tendrán 18 meses a partir de la fecha efectiva de esta regla para reportar datos de PFAS a la EPA.

Los pequeños fabricantes, definidos en 40 CFR 704.3 cuyas obligaciones de reporte bajo esta regla provengan exclusivamente de importaciones de artículos, tendrán 24 meses desde la fecha efectiva de esta regla para reportar PFAS a la EPA.

El Papel de las Pequeñas EmpresasReconociendo el impacto potencial en las pequeñas empresas, la EPA tomó medidas para involucrarlas en el proceso de creación de normas. En abril de 2022, la EPA convocó un Panel de Revisión de Defensa de Pequeñas Empresas (SBAR), que incluyó representantes federales de la Administración de Pequeñas Empresas (SBA), la Oficina de Gestión y Presupuesto (OMB) y la EPA. Las pequeñas empresas y asociaciones comerciales sirvieron como Representantes de Entidades Pequeñas (SERs) para proporcionar consejos y recomendaciones al panel. La contribución de estos SERs jugó un papel fundamental en la discusión y en el desarrollo de alternativas de flexibilidad regulatoria examinadas en el Análisis Inicial de Flexibilidad Regulatoria (IRFA).

Análisis Inicial de Flexibilidad Regulatoria (IRFA)

En noviembre de 2022, la EPA publicó el IRFA para comentarios públicos. Este análisis profundiza en el impacto potencial de la norma propuesta sobre las entidades pequeñas, estimando cargas, costos y posibles alternativas de flexibilidad regulatoria. Es importante destacar que los comentarios del Panel SBAR y de los SERs influyeron directamente en el IRFA, permitiendo un examen exhaustivo de las implicaciones de la norma sobre las pequeñas empresas.

Cómo cumplir con la nueva norma de informes de PFAS bajo la Sección 8(a)(7) de TSCA

  1. Navegue a la sección de Programas de Seguridad Química y Pesticidas (CSPP).
  2. Acceda al Sistema de Presentación de Información Química (CISS).
  3. Ingrese la información requerida relacionada con los usos de PFAS, volúmenes de producción, eliminación, exposiciones y peligros utilizando el CISS.
  4. Utilice el portal Central Data Exchange (CDX) de la EPA para informes electrónicos. Esto requiere un sencillo proceso de registro.

Cronograma actualizado de informes de PFAS y extensiones de plazo de la EPA

Las fechas límite originales se han retrasado para permitir pruebas de software y comentarios

pfas update.PNG

Pequeños fabricantes obtienen extensión — Informe final de PFAS debido el 13 de abril de 2027

Bajo la Sección 8(a)(7) del TSCA, los pequeños fabricantes (según la definición de la EPA) se benefician de una fecha límite extendida: los datos de PFAS deben ser presentados antes del 13 de abril de 2027. Esto no es solo un trámite burocrático, es parte del impulso más amplio del gobierno de EE. UU. para obtener plena visibilidad del uso de PFAS en todas las industrias.

Cumplir no es opcional. Es un paso crítico en la gestión de los riesgos regulatorios y reputacionales asociados a los "químicos eternos". Cada empresa que importe o use artículos que contengan PFAS tiene un papel que desempeñar, y ignorar esta norma ahora significa enfrentarse a posibles acciones de cumplimiento más adelante.

La EPA está elevando el estándar. Y si eres un pequeño fabricante, esta extensión no es solo un período de gracia, es una oportunidad para organizar tu cadena de suministro, construir flujos de trabajo de documentación y adelantarse a las exigencias regulatorias.

Para obtener más información sobre las regulaciones globales de PFAS y el cumplimiento, contacta a nuestros expertos en cumplimiento.

Cumple con los requisitos de informes de PFAS bajo la Sección 8(a)(7) de TSCA con Acquis

Cumplir con los requisitos de informes de PFAS puede ser una tarea desalentadora, pero con Acquis a tu lado, puedes navegar a través de las complejidades con facilidad. Nuestra experiencia en el campo, junto con nuestra tecnología avanzada y servicios de gestión a medida, asegura que tu negocio permanezca en cumplimiento y a la vanguardia.

Aquí está cómo asociarse con Acquis puede beneficiar a tu negocio:acquis pfas complinace solution.png

  • Guía Experta: Nuestro equipo aporta una amplia experiencia en la industria, ayudándole a navegar sin esfuerzo por las complejidades del cumplimiento de PFAS.

  • Soluciones PFAS Completas: Acquis ofrece software y herramientas líderes en la industria diseñadas específicamente para abordar los requisitos de reporte de PFAS. Desde la recopilación de datos hasta el reporte, le cubrimos en cada paso del camino.

  • Compromiso con los Proveedores: Gestionar las interacciones con los proveedores puede ser un desafío, pero con Acquis, puede simplificar el proceso y garantizar que sus proveedores estén alineados con sus objetivos de cumplimiento.

  • Actualizaciones Regulatorias: Manténgase al día con la evolución de las regulaciones de PFAS con Acquis. Seguimos de cerca los cambios regulatorios, manteniéndolo informado y preparado para cualquier actualización.

  • Servicios Personalizados: Entendemos que cada negocio es único. Por eso, nuestros servicios están personalizados para satisfacer sus necesidades específicas, asegurando que reciba el apoyo que necesita, cuando lo necesite.

Descubra más sobre PFAS y explore nuestras ofertas de Solución PFAS de Acquis para ver cómo podemos ayudarle a lograr el cumplimiento sin esfuerzo. Permítanos ser su socio en la navegación del mundo del reporte y cumplimiento de PFAS.

Conclusión

La implementación de requisitos de reporte y mantenimiento de registros para PFAS bajo la Sección 8(a)(7) de TSCA representa un paso significativo hacia el entendimiento y la gestión de los riesgos asociados con estas sustancias. Al obligar a los fabricantes e importadores a proporcionar datos críticos, la EPA busca caracterizar mejor las fuentes y cantidades de PFAS en Estados Unidos. Además, la participación de pequeñas empresas en el proceso de formulación de normas, así como la consideración de alternativas de flexibilidad regulatoria, demuestra un compromiso con equilibrar la protección ambiental con las consideraciones económicas. En los próximos años, esta regla jugará un papel vital en mejorar nuestro conocimiento de los PFAS y en la protección del medio ambiente y la salud pública.

Temas

Speak to Our Compliance Experts


Entendiendo los Requisitos de Reporte y Registro de TSCA Sección 8(a)(7) para PFAS

¿Qué es la Sección 8(a)(7) de TSCA y quién debe reportar?

¿Qué datos se requieren bajo la Regla de Reporte de PFAS?

¿Cuál es la fecha límite para el reporte, y hay extensiones?

¿Existen exenciones o umbrales para el reporte de PFAS?

¿Qué define "fabricación" bajo esta regla?

¿Cómo debe presentarse la información a la EPA?

¿Qué obligaciones de registro impone TSCA 8(a)(7)?