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La promulgación del Proyecto de Ley S-211 de Canadá, titulado "Ley de Lucha Contra el Trabajo Forzado y el Trabajo Infantil en las Cadenas de Suministro", marca un desarrollo significativo en la legislación canadiense destinada a combatir la esclavitud moderna dentro de las cadenas de suministro. Esta nueva ley, que está programada para entrar en vigor el 1 de enero de 2024, introduce requisitos obligatorios de informes para una amplia gama de negocios, incluidos aquellos involucrados en la producción, venta o distribución de bienes tanto dentro como fuera de Canadá, así como importadores de bienes producidos en el extranjero.
¿Quiénes son Impactados por el Proyecto de Ley S-211 de Canadá?
La Ley se dirige a un amplio espectro de entidades comerciales, incluyendo:
- Instituciones y departamentos del gobierno federal.
- Corporaciones de la Corona y sus subsidiarias.
- Empresas del sector privado que:
- Participen en la producción, venta o distribución de bienes en Canadá o en el extranjero.
- Importen bienes producidos fuera de Canadá.
- Supervisen cualquier entidad involucrada en las actividades mencionadas.
Para estar bajo la jurisdicción de la Ley, las entidades privadas deben estar cotizadas en la bolsa de valores canadiense o tener operaciones significativas en Canadá y cumplir al menos con dos de los siguientes criterios:
- Generar al menos C$40 millones en ingresos.
- Emplear un promedio de al menos 250 empleados durante uno de sus dos años fiscales más recientes.
Requisitos de Informes Bajo el Proyecto de Ley S-211 de Canadá
Las entidades afectadas por esta legislación deben presentar un informe anual al Ministro antes del 31 de mayo de cada año, detallando los esfuerzos realizados para minimizar los riesgos de trabajo forzado y trabajo infantil en sus cadenas de suministro durante el año fiscal anterior. Estos informes deben cubrir:
- La estructura de la organización, actividades y detalles de la cadena de suministro.
- Políticas y procesos de diligencia debida implementados para abordar el trabajo forzado e infantil.
- Áreas de alto riesgo dentro del negocio y la cadena de suministro, incluidas las medidas tomadas para evaluar y gestionar estos riesgos.
- Acciones emprendidas para remediar el trabajo forzado o infantil y esfuerzos para mitigar el impacto en grupos vulnerables.
- Capacitación brindada a los empleados sobre estos temas.
- Una evaluación de la efectividad de las acciones tomadas contra el trabajo forzado e infantil.
Las organizaciones tienen la opción de presentar estos informes individualmente o de manera conjunta para múltiples entidades bajo su control.
Cumplimiento y Sanciones
El incumplimiento de las disposiciones del Proyecto de Ley S-211 de Canadá, como no preparar o publicar un informe, obstruir investigaciones, o no cumplir con órdenes correctivas, se considera un delito. Además, proporcionar información falsa o engañosa a sabiendas o hacer declaraciones falsas en los informes también son delitos punibles. Los oficiales y directivos corporativos pueden ser considerados personalmente responsables de tales violaciones. Las condenas por estos delitos pueden resultar en multas de hasta C$250,000.
Enmiendas a la Tarifa Aduanera
Conjuntamente con los requisitos de informes, el Proyecto de Ley S-211 de Canadá también enmienda la Tarifa Aduanera para prohibir la importación de bienes que hayan sido extraídos, fabricados o producidos total o parcialmente a través de trabajo forzado o infantil. Esta expansión forma parte de una iniciativa más amplia para alinear las prácticas comerciales de Canadá con los estándares internacionales de derechos humanos.
Conclusión
A medida que se acerca la fecha de implementación, es crucial que las organizaciones afectadas comiencen a prepararse para el cumplimiento del Proyecto de Ley S-211 de Canadá. Esto implica realizar auditorías exhaustivas de sus cadenas de suministro, desarrollar procesos de diligencia debida comprensivos y asegurarse de que se cumplan todos los requisitos de informes. Las implicaciones de esta Ley son significativas, ya que no solo busca proteger a las poblaciones vulnerables, sino que también apunta a fomentar la transparencia y responsabilidad en las prácticas comerciales globales. Para las empresas, el momento de actuar es ahora, para garantizar que sus operaciones y cadenas de suministro estén libres de trabajo forzado e infantil mucho antes de la fecha límite de 2024.
